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Audiencia pública para regular cómo las empresas de gran consumo industrial acreditarán ahorros en el CAE
El Gobierno ha lanzado a audiencia pública el borrador de la normativa que establecerá cómo las empresas de gran consumo industrial acreditarán ahorros en el CAE, un paso clave para que puedan certificar su eficiencia energética y transformar esos ahorros en Certificados de Ahorro Energético (CAE). Esta iniciativa se alinea con la Directiva (UE) 2023/1791 y con el PNIEC, impulsando mejoras en procesos industriales que, por ahora, no disponen de alternativas plenamente descarbonizadas.
Esta propuesta normativa se alinea con la Directiva (UE) 2023/1791, que abre una ventana hasta el 31 de diciembre de 2030 para que los Estados miembros contabilicen los ahorros procedentes de actuaciones de eficiencia energética llevadas a cabo por industrias intensivas en consumo energético. El objetivo: avanzar hacia los compromisos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030, incentivando mejoras en procesos industriales donde aún no existen alternativas plenamente descarbonizadas.
¿Qué industrias podrán acogerse a este marco?
La Orden en audiencia pública establece que podrán ser consideradas “empresas de gran consumo de energía del sector industrial” aquellas que:
- Estén legalmente constituidas en España.
- Pertenecen a las secciones B (Industrias Extractivas) o C (Industria Manufacturera) del CNAE.
- Acrediten un consumo medio anual ≥ 1 GWh durante los últimos tres años en la instalación objeto de mejora.
- Presenten un ratio de consumo energético ≥ 1 kWh/€ de valor añadido bruto anual en al menos uno de los dos años previos.
Requisitos clave para contabilizar los ahorros en el SNOEE y el CAE
El texto sometido a consulta contempla criterios técnicos muy específicos para que los ahorros obtenidos puedan computar en el SNOEE y servir de base para la obtención de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Entre ellos destacan:
- Haber realizado una auditoría energética conforme al RD 56/2016 y contar con un plan de ejecución de las medidas.
- Que el uso de tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles sea imprescindible para lograr eficiencia, con una amortización ≤ 5 años, no incremente el consumo ni suponga un bloqueo tecnológico, y sea compatible con futuras tecnologías neutras en carbono.
- Demostrar que no existen alternativas sostenibles técnica y económicamente viables.
- Mantener una trazabilidad pública y verificable del cumplimiento de estos requisitos.
Cabe destacar que, pese al impulso de la electrificación, el propio Ministerio reconoce que en determinados sectores industriales las tecnologías de combustión seguirán siendo necesarias, al menos durante los próximos cinco años para sostener mejoras de eficiencia que reduzcan el consumo final.
¿Qué oportunidades abre esto para las industrias y para el mercado de CAE?
En definitiva, este desarrollo normativo ofrece a numerosas empresas industriales una vía clara para rentabilizar sus inversiones en eficiencia energética, al convertir los ahorros obtenidos en un activo (CAE) que puede comercializarse o destinarse a compensar obligaciones. Asimismo, facilita el cumplimiento de sus compromisos de ahorro de forma indirecta, al tiempo que impulsa su contribución a la descarbonización. Todo ello se articula dentro de un marco transitorio que, de forma realista, tiene en cuenta las actuales limitaciones tecnológicas y permite avanzar sin sacrificar competitividad.
Aprovecha este nuevo marco normativo
El plazo para enviar alegaciones a la propuesta de Orden del MITECO está abierto hasta el 12 de agosto, lo que ofrece una oportunidad única para que el sector industrial pueda influir en el diseño final del esquema. Al mismo tiempo, es el momento idóneo para que las empresas revisen sus proyectos de eficiencia, identifiquen mejoras y se anticipen a los requisitos que previsiblemente serán obligatorios. Prepararse ahora no solo permitirá liderar la transición energética con ventaja competitiva, sino también maximizar el retorno de las inversiones, transformando los ahorros conseguidos en Certificados de Ahorro Energético que generen ingresos adicionales o compensen futuras obligaciones.
