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Murcia da luz verde al almacenamiento energético en plantas FV ya autorizadas
La Región de Murcia ha dado un paso clave para acelerar el despliegue del almacenamiento energético en su territorio. Una reciente modificación legislativa permitirá instalar sistemas de acumulación en plantas fotovoltaicas ya autorizadas, eliminando una de las principales trabas administrativas: su clasificación como uso industrial.
Esta medida supone un impulso estratégico para la hibridación de instalaciones FV con baterías, especialmente en un contexto de alta penetración renovable y necesidad de gestión de excedentes.
Un cambio normativo que redefine el papel del almacenamiento
El pasado 7 de junio de 2025 se publicó en el BORM la nueva Ley de Simplificación Administrativa de la Región de Murcia (Decreto-ley 1/2025). Entre otras muchas reformas, modifica el artículo 101.3 de la Ley del Suelo regional para que el almacenamiento energético deje de ser considerado uso industrial y pase a encuadrarse como infraestructura energética, al igual que la generación renovable.
“Se autorizarán […] instalaciones de producción de energía renovable, así como las infraestructuras accesorias de acumulación de energía, las cuales no se considerarán como uso industrial sino como infraestructuras energéticas”.
Este cambio tiene consecuencias prácticas inmediatas: posibilita la implantación del almacenamiento en suelo rústico, simplificando notablemente la tramitación de proyectos que incorporen baterías a parques solares ya existentes.
¿Qué cambia en la tramitación para proyectos ya autorizados?
La Dirección General de Energía y Minas, junto con la DG de Medio Ambiente y la de Seguridad Ciudadana, ha aclarado que sí es viable añadir almacenamiento a plantas FV que ya cuentan con Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), siempre que se cumplan ciertas condiciones.
Según la interpretación actual de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental, no será necesario iniciar una nueva EIA cuando:
- Las baterías se ubican dentro del perímetro de la planta ya evaluada.
- Se trate de una planta en tramitación o ya en servicio, pero en ambos casos con delimitación poligonal definida.
Esto permite avanzar sin duplicar procesos, siempre que se informe al ayuntamiento y a las autoridades competentes
Almacenamiento: de excepción a elemento estratégico
Con este marco, el almacenamiento deja de ser un elemento excepcional y pasa a integrarse de forma estructural en el despliegue renovable murciano. Para promotores e ingenierías, supone:
- Menor incertidumbre jurídica al incorporar baterías en plantas ya aprobadas.
- Ahorro de tiempo y recursos al evitar nuevas tramitaciones urbanísticas.
- Viabilidad económica reforzada, especialmente con nuevas líneas de incentivos a baterías y hibridaciones.
Además, Murcia se alinea con una visión nacional y europea de transición energética, donde el almacenamiento es pieza clave para la flexibilidad del sistema y la integración de energías renovables.
Una oportunidad que requiere rigor técnico
Desde Konery, consideramos que estas medidas deben ser aprovechadas con criterio. La integración de almacenamiento en instalaciones existentes abre nuevas oportunidades, pero requiere una planificación técnica precisa, análisis económico actualizado y cumplimiento escrupuloso de las condiciones legales.
Estaremos atentos a futuras actualizaciones normativas, especialmente en relación con una posible modificación estatal de la Ley 21/2013 que simplifique aún más estos procedimientos.
