Subasta SRAD 2026: cambios y oportunidades para 2027

SUBASTA SRAD 2026 PARA 2027

Subasta SRAD 2026: Red Eléctrica aumenta la flexibilidad exigida a la industria para 2027

La próxima subasta del Servicio de Respuesta Activa de la Demanda (SRAD), prevista para el 26 de noviembre de 2026, contempla 2.405 MW de potencia requerida y un incremento del 19 % en las activaciones estimadas para el primer semestre de 2027. Tras un año récord de utilización del servicio y con solo el 76 % de la potencia solicitada adjudicada en la convocatoria anterior, la flexibilidad energética se consolida como una oportunidad estratégica para las empresas industriales.

El sistema eléctrico español afronta 2027 con una creciente necesidad de flexibilidad para equilibrar la generación y el consumo de electricidad. En este contexto, Red Eléctrica celebrará el próximo 26 de noviembre de 2026 una nueva subasta del Servicio de Respuesta Activa de la Demanda (SRAD), correspondiente al periodo comprendido entre enero y junio de 2027.

La convocatoria incorpora cambios relevantes para las empresas participantes: más potencia requerida, un mayor número de horas de disponibilidad y una ampliación de las franjas horarias en las que podrán solicitarse reducciones de consumo.

Hay una estimación de 25 activaciones del servicio, frente a las 21 consideradas para el periodo anterior. Se trata de una previsión no vinculante a Red Eléctrica, por lo que no implica que todas esas activaciones vayan a producirse. Para las industrias con un consumo eléctrico elevado, este escenario refuerza la importancia de conocer sus perfiles de demanda, identificar procesos flexibles y evaluar las oportunidades económicas que ofrece la participación en servicios de ajuste del sistema.

¿Qué cambiará en la subasta SRAD del 26 de noviembre de 2026?

La próxima subasta determinará qué capacidad de reducción de consumo contratará Red Eléctrica para el primer semestre de 2027.

Las principales cifras de la convocatoria son:

  • 2.405 MW de potencia requerida. Un 2,8 % más que en el periodo anterior. 
  • 2.586 horas de disponibilidad. Un incremento del 9,7 %. 
  • 25 activaciones estimadas. Un 19 % más. 
  • 12,5 minutos de tiempo máximo de respuesta desde la orden de activación. 

Cada reducción de consumo tendrá una duración máxima de dos horas, de acuerdo con las condiciones reguladas para el servicio.

Más horas y nuevas franjas de disponibilidad para la industria

Uno de los cambios más significativos es la ampliación de las horas durante las que las empresas adjudicatarias deberán estar preparadas para reducir su consumo eléctrico.

La disponibilidad aumenta de 2.358 a 2.586 horas, pero también se modifican las franjas horarias:

  • De lunes a viernes: se incorpora la primera hora del día (H1), además de las franjas ya contempladas entre H8 y H24.

  • Fines de semana y festivos: la disponibilidad comienza a las 19:00, en lugar de las 22:00.

Esta ampliación tiene implicaciones directas para la planificación industrial, especialmente en instalaciones con procesos continuos, turnos nocturnos o actividad durante los fines de semana.

El SRAD en 2026: solo se adjudicó el 76 % de la potencia requerida

Los resultados de la subasta correspondiente al segundo semestre de 2026 reflejan uno de los principales retos del servicio: conseguir suficiente capacidad de respuesta por parte de los consumidores.

Red Eléctrica solicitó 2.339 MW, pero finalmente adjudicó 1.775 MW, según los resultados oficiales publicados el 28 de mayo de 2026. Esto significa que aproximadamente una cuarta parte de la potencia inicialmente requerida no llegó a contratarse.

Además, 2026 ha marcado un récord de activaciones del SRAD, lo que pone de manifiesto el creciente recurso a la respuesta de la demanda para atender necesidades puntuales del sistema eléctrico.

Estos datos refuerzan la oportunidad para las empresas industriales que disponen de capacidad de reducción de consumo y pueden adaptarse a las condiciones técnicas del servicio.

No obstante, la potencia no adjudicada no debe interpretarse automáticamente como una falta de empresas interesadas. La asignación también depende de las ofertas presentadas, sus precios y los criterios económicos y técnicos establecidos en el procedimiento.

Por tanto, el aumento de la potencia requerida para 2027 representa una oportunidad de participación, pero no garantiza la adjudicación ni una determinada rentabilidad.

¿Qué empresas pueden participar en el SRAD?

El SRAD está especialmente orientado a instalaciones con consumos eléctricos significativos y capacidad para reducir temporalmente su demanda de forma controlada. La potencia mínima de oferta es de 1 MW, que puede alcanzarse mediante agregación de diferentes instalaciones.

Las empresas pueden participar a través de su comercializadora, directamente si cumplen los requisitos de participación en el mercado, o agregando instalaciones, siempre conforme a las condiciones de habilitación y representación aplicables.

Entre los perfiles industriales que pueden estudiar su participación se encuentran empresas con procesos productivos flexibles, instalaciones de elevado consumo y actividades capaces de desplazar determinadas operaciones a otros horarios.

Por eso, antes de participar, resulta fundamental analizar la capacidad real de reducción, los tiempos de respuesta, los costes asociados a una posible interrupción y las obligaciones de disponibilidad.

¿Cómo puede afectar el SRAD a la gestión energética de las empresas?

Mayor importancia del control y la monitorización del consumo

Conocer el comportamiento eléctrico de una instalación permite identificar periodos de mayor demanda, analizar la potencia consumida y detectar posibles ineficiencias.

La monitorización energética facilita la identificación de procesos que podrían adaptarse temporalmente sin comprometer la actividad productiva.

Además, disponer de información precisa permite evaluar con mayor rigor la capacidad de reducción que una empresa podría ofrecer.

Flexibilidad en los procesos industriales

Determinados procesos productivos pueden disponer de margen para desplazar, modular o reducir temporalmente su consumo.

No obstante, estas posibilidades deben evaluarse individualmente, considerando los tiempos de parada y arranque, las restricciones técnicas y los costes de producción asociados.

La clave está en determinar si la remuneración potencial del servicio compensa los costes y riesgos operativos de participar.

Nuevas oportunidades de ingresos por flexibilidad

La participación en el SRAD puede permitir a determinadas empresas obtener ingresos adicionales por poner a disposición del sistema una capacidad de reducción de consumo.

En la subasta del segundo semestre de 2026, por ejemplo, el precio marginal de adjudicación fue de 42,62 €/MW por hora de disponibilidad. Las activaciones se retribuyen de forma diferenciada, conforme al precio de regulación terciaria correspondiente.

Este dato es una referencia histórica, no una previsión de remuneración para 2027.

La rentabilidad de cada participación dependerá del resultado de la subasta, la capacidad adjudicada, las activaciones efectivas y los costes operativos de cada instalación.

Mayor necesidad de planificación energética

La evolución del SRAD refuerza la conveniencia de adoptar estrategias de gestión energética que contemplen tanto la eficiencia del consumo como la flexibilidad operativa.

Para las empresas industriales, esto implica analizar sus necesidades energéticas desde una perspectiva integral, teniendo en cuenta el funcionamiento de los procesos, los costes eléctricos y las oportunidades disponibles en el mercado.

Autoconsumo fotovoltaico y baterías: soluciones complementarias de gestión energética

Además de evaluar su posible participación en el SRAD, las empresas pueden incorporar otras medidas para mejorar su eficiencia y optimizar sus costes energéticos.

Entre ellas destacan el autoconsumo fotovoltaico, el almacenamiento mediante baterías y la monitorización avanzada del consumo.

Es importante diferenciar estas soluciones de la prestación del SRAD. El procedimiento de operación P.O. 7.5 establece condiciones específicas para las instalaciones de demanda asociadas a generación o almacenamiento y exige verificar que la activación del servicio no se produzca mediante una reducción de la generación asociada ni una alteración del funcionamiento del almacenamiento que incumpla dichas condiciones.

Por tanto, el autoconsumo y las baterías deben analizarse como medidas de gestión energética independientes, sin considerarlas automáticamente mecanismos válidos para ejecutar la reducción comprometida en el SRAD.

Una subasta que anticipa los retos energéticos de 2027

La subasta del SRAD prevista para el 26 de noviembre de 2026 confirma el creciente protagonismo de la flexibilidad de la demanda en el sistema eléctrico español.

El aumento de la potencia requerida, la ampliación de las horas de disponibilidad y la mayor previsión de activaciones reflejan la necesidad de contar con recursos capaces de responder a las condiciones cambiantes de operación.

Al mismo tiempo, los resultados de 2026 muestran que existe margen para ampliar la participación de instalaciones industriales que puedan ofrecer capacidad de reducción de consumo.

Para las empresas, esta evolución representa una oportunidad para revisar sus estrategias energéticas, analizar la flexibilidad de sus procesos y estudiar nuevas vías de optimización de costes.

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Preguntas frecuentes sobre la subasta SRAD de 2026 para el primer semestre de 2027

¿Cuándo se celebra la próxima subasta del SRAD?

La próxima subasta está prevista para el 26 de noviembre de 2026 y corresponde al periodo de prestación comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027.

SRAD son las siglas de Servicio de Respuesta Activa de la Demanda. Es un mecanismo voluntario y remunerado que permite a consumidores habilitados reducir temporalmente su demanda eléctrica para contribuir a la operación del sistema.

Para el primer semestre de 2027, Red Eléctrica contempla 25 activaciones, aproximadamente un 19 % más que las 21 estimadas para el periodo anterior. Se trata de una estimación no vinculante y no significa que todas vayan a ejecutarse.

El tiempo máximo de respuesta establecido es de 12,5 minutos desde la orden de activación. Cada reducción tiene una duración máxima de dos horas.

Pueden participar empresas que cumplan los requisitos técnicos y de habilitación, a través de su comercializadora, directamente cuando estén habilitadas para ello o mediante agregación de instalaciones. La potencia mínima de oferta es de 1 MW.

No. El SRAD es un mecanismo voluntario de reducción de consumo, dirigido a participantes habilitados y adjudicatarios. No implica cortes generalizados del suministro eléctrico.

Sí. Las empresas adjudicatarias pueden recibir una remuneración por su disponibilidad y por las activaciones realizadas, conforme a las condiciones del servicio. La rentabilidad dependerá de la capacidad adjudicada, los precios y los costes asociados a la reducción de consumo.

No constituyen por sí mismos una vía de participación. El SRAD exige cumplir condiciones específicas de reducción de demanda y de funcionamiento de la generación y el almacenamiento asociados. El autoconsumo y las baterías pueden aportar beneficios independientes en la gestión energética de una empresa.